Estado dominicano da inicia al plan de regularización de bancas de lotería

Las bancas de lotería que comercializan sorteos de billetes y quinielas de la Lotería Nacional y que se encuentren operando al margen de la ley tendrán un plazo de 120 días para regularizar sus permisos, según ordena la resolución 061-2022 del Ministerio de Hacienda que crea y establece los lineamientos y requisitos para la regularización de bancas de loterías.

La norma está enmarcada en el Decreto 63-22, del 9 de febrero de 2022, que declaró de interés nacional la regularización de las bancas de lotería que operan en el país.

La resolución ministerial establece la designación de Teófilo José Tabar Manzur como director provisional, a título honorífico, de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda y será el encargado de implementar el plan de regularización de las bancas de loterías.

De acuerdo con el artículo segundo de la resolución, los propietarios de establecimientos afiliados a la Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca), las concesionarias de loterías electrónicas y las bancas de lotería independientes y sin afiliación que deseen acogerse al plan deberán comprometerse -mediante documento escrito y formal- a presentar en esos 120 días un listado de todas las bancas de lotería de su propiedad independientemente de su estatus legal.

El mismo será remitido al Ministerio de Hacienda y deberá contener las siguientes informaciones: nombre comercial de la banca de lotería, razón social, número de cédula o Registro Nacional de Contribuyente, dirección de cada banca, punto de venta o agencia y número de teléfono.

Fuente: Ministerio de Hacienda

Monto exento del patrimonio inmobiliario perteneciente a personas físicas que regirá para el 2022 es de RD$8,829,763.3

La Dirección General de Impuestos Internos informa sobre ajuste por inflación del monto exento de los inmuebles destinados a viviendas y solares urbanos no edificados pertenecientes a personas físicas.  

Mediante la Res. No. DDG-AR1-2022-0001, la entidad indicó que para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 14 párrafo I de la Ley 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, de fecha 13 de noviembre de 2012, se informa a los contribuyentes que el monto exento del patrimonio inmobiliario perteneciente a personas físicas que regirá para el año 2022, es de: 8,829,763.3

Fuente: Dirección General de Impuestos Internos